Actualidad  abogado en Pontevedra

Autónomo sin empleados no está obligado a subrogarse en personal en caso de sucesión de contratas

Publicado: 20 de septiembre de 2024, 19:08
  1. Novedades jurídicas

El Tribunal Supremo en su sentencia de fecha 9 de julio de 2024 ha dictaminado que un trabajador autónomo dedicado al sector de la limpieza no está obligado a subrogarse en el personal adscrito a la contrata a la que sucede cuando el objeto de la contrata lo realiza el autónomo por sí mismo y sin auxilio de empleado alguno.

 


La sentencia recuerda que el sector de la limpieza es una actividad que, con carácter general, descansa esencialmente en la mano de obra y en la que los elementos patrimoniales que se precisan son poco relevantes, por lo que el conjunto de trabajadores que realizan dicha actividad puede constituir una entidad económica. De este modo, la empresa entrante, en función de que decida asumir o no el todo o mayor parte de la plantilla, es la que decide si se aplica la figura de la sucesión de empresas.

 


No obstante, es frecuente que el Convenio Colectivo de aplicación establezca la obligación de que la empresa entrante se subrogue en la posición de la saliente respecto de los trabajadores adscritos a la actividad objeto de la contrata. En estos casos la nueva adjudicataria está obligada a asumir toda la plantilla cuando se ha producido la transmisión de una entidad económica que mantenga su identidad.

 


En el caso resuelto, el Convenio Colectivo (limpieza de edificios y locales de Málaga) si establecía está obligación, pero el Tribunal Supremo considera que dicho Convenio solo se aplica a empresarios del sector de la limpieza, debiendo entenderse como empresario de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores a quien da empleo a otro en virtud de un contrato de trabajo. Por ello, un trabajador autónomo no tiene la condición laboral de empresario si no tiene empleados.

 


Dado que el autónomo que asumió la contrata no tenía trabajadores a su cargo y realizaba personalmente el objeto de la contrata sin la colaboración ni auxilio de persona alguna, no estaba incluido en el ámbito del Convenio Colectivo y éste no le vinculaba.

 


Además, la sentencia señala que se llega a idéntica conclusión partiendo de la lógica jurídica y de la aplicación de los principios elementales del derecho ya que estamos ante una contrata de limpieza que ocupa seis horas diarias, de lunes a viernes, excepto festivos nacionales o locales, a la que la empresa saliente destinaba un único trabajador (que, además compartía la realización de tal actividad con otra contrata) y que, a la finalización de un contrato mercantil, ha sido adjudicada por la principal a un trabajador por cuenta propia que realiza su actividad personalmente, al que se situaría fuera del mercado si se considerase que le resulta aplicable una previsión convencional como la examinada en un supuesto de sucesión de contratas en el que no se han transmitido elementos patrimoniales y en los que la mano de obra ajena no resulta necesaria ante la realización exclusiva personal y directa del objeto de la contrata por el trabajador autónomo. 

 

Noticias relacionadas

Extinción indemnizada del contrato de trabajo por retrasos o falta de pago del salario 11 ene

Extinción indemnizada del contrato de trabajo por retrasos o falta de pago del salario

En la recientemente aprobada Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia se incluye una reforma del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores que entrará en vigor el próximo día 3 de abril.   En su redacción actual el artículo
Pensión de viudedad generada por trabajador en excedencia 29 dic

Pensión de viudedad generada por trabajador en excedencia

En su sentencia de fecha 31 de octubre de 2024 (recurso 488/2024) el Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha concedido una pensión de viudedad a la esposa de un trabajador fallecido mientras disfrutaba de una excedencia, revocando de este modo la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad
El Juzgado no puede conceder una indemnización adicional en caso de despido improcedente 21 dic

El Juzgado no puede conceder una indemnización adicional en caso de despido improcedente

En su sentencia de 19 de diciembre de 2024, el Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que la indemnización por despido improcedente establecida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores no puede verse incrementada en vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias
El registro salarial no debe incluir datos que permitan identificar el salario de un trabajador 30 nov

El registro salarial no debe incluir datos que permitan identificar el salario de un trabajador

En su reciente sentencia de fecha 21 de noviembre de 2024 el Tribunal Supremo ha dictaminado que no es obligatorio incluir en el registro retributivo que deben llevar las empresas aquellos datos que permitan identificar el salario que percibe un trabajador concreto.   El artículo 28.2 del