Despacho de abogados en Pontevedra

Indemnización por fin de contrato eventual

Publicado: 21 de febrero de 2020, 23:17
  1. Novedades jurídicas

En su sentencia de fecha 14/05/2019 el Tribunal Supremo ha unificado su doctrina en el sentido que en caso de fin de un contrato eventual el trabajador solo tiene derecho a una indemnización de doce días de salario por año trabajado, conforme a lo establecido en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, frente a la indemnización de veinte días de salario por año trabajado que corresponde a los trabajadores indefinidos en caso de despido por causas objetivas.

 

El Tribunal Supremo, remitiéndose a las recientes sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, entiende que la diferencia en la cuantía de la indemnización no supone discriminación ya que si el trabajador indefinido es despedido por causas objetivas se ve sorprendido por la ruptura de una relación laboral de carácter permanente por causas sobrevenidas no previstas y que ponen en tela de juicio el desarrollo normal de la relación laboral, frustrando las legítimas expectativas del trabajador sobre estabilidad de su relación laboral.

 

Por el contrario, el trabajador eventual desde el inicio de su relación laboral sabe que es previsible que dicha relación finalice en el futuro y, en ciertos casos, conoce incluso la fecha exacta en que terminará la relación laboral.

 

Por ello el perjuicio ocasionado al trabajador indefinido es mayor, lo que justifica que su indemnización sea superior.

 

El Tribunal Supremo recuerda que el Estatuto de los Trabajadores no establece diferencias entre la indemnización de los trabajadores temporales e indefinidos en caso de despido por causas objetivas (en ambos casos se aplica la de los veinte días), pero que la indemnización de fin de contrato obedece a una razón diferente que justifica la diferencia de cuantía.

Noticias relacionadas

El COVID del personal sanitario es enfermedad profesional 1 nov

El COVID del personal sanitario es enfermedad profesional

En su sentencia de fecha 24 de septiembre de 2025 (recurso 1343/2024), el Tribunal Supremo ha dictaminado que el COVID-19 contraído por una enfermera debe considerarse como contingencia profesional incluida en el cuadro de enfermedades profesionales a efectos de la prestación de Incapacidad
La empresa no está obligada a retribuir el permiso parental 25 oct

La empresa no está obligada a retribuir el permiso parental

En su reciente sentencia de fecha 30 de septiembre de 2025, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictaminado que la empresa no tiene obligación legal de retribuir el permiso parental recogido en el artículo 48.bis del Estatuto de los Trabajadores.    Dicho artículo establece un
Extinción de la relación laboral por incapacidad sobrevenida del trabajador 27 sep

Extinción de la relación laboral por incapacidad sobrevenida del trabajador

 En su sentencia del pasado 10 de junio de 2025, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictaminado que cuando un trabajador es declarado en situación de incapacidad permanente total para su puesto habitual, la extinción del contrato de trabajo es válida si la empresa no cuenta con
Derecho de los trabajadores de empresas de trabajo temporal a las mejoras voluntarias aplicadas a los trabajadores de las empresas usuarias 20 sep

Derecho de los trabajadores de empresas de trabajo temporal a las mejoras voluntarias aplicadas a los trabajadores de las empresas usuarias

 En su sentencia de fecha 27 de mayo de 2025, el Tribunal Supremo ha dictaminado que el trabajador contrato por una Empresa de Trabajo Temporal tiene derecho a beneficiarse de la mejora para los casos de incapacidad temporal que prevé el convenio colectivo de la empresa usuaria en la que ha