Actualidad  abogado en Pontevedra

Acumulación de permisos de maternidad y paternidad

Publicado: 17 de mayo de 2021, 20:47
  1. Novedades jurídicas

En una reciente sentencia un Juzgado de lo Social de Valencia, al igual que había hecho en octubre de 2020 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, reconoce el derecho de una madre sin pareja, en situación de familia monoparental, a disfrutar de los permisos de maternidad y paternidad, tras dar a luz.

 


De este modo, la madre puede disfrutar sus 16 semanas de maternidad a las que se sumarían las 8 semanas adicionales que le corresponderían al padre.

 


Ambas sentencias se fundamentan en la Convención sobre los Derechos del Niño que impone por un lado el respeto a los derechos que reconoce sin distinción alguna por la condición del niño o de sus padres, debiéndose adoptar todas las medidas para que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición de sus padres; y por otro lado que todas las medidas que se adopten por las instituciones y los tribunales considerarán primordialmente el interés superior del niño.

 


Dicha Convención precisa además que se deben garantizar las obligaciones comunes de los padres respecto a la crianza y el desarrollo del niño, adoptándose todas las medidas para que los niños cuyos padres trabajan tengan derecho a beneficiarse de los servicios e instalaciones de guarda de niños para los que se reúnan las condiciones requeridas, así como que las prestaciones de Seguridad Social deberán reconocerse teniendo en cuenta la situación del niño y de las personas responsables de su mantenimiento. 

 


Las sentencias también se basas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo en el sentido que las normas en materia de protección de la maternidad han de ser interpretadas a la luz del principio general del interés superior del menor que se integra en el núcleo familiar con el progenitor o progenitores que le prestan atención y cuidados parentales.

 


Para ambos órganos judiciales, si se denegara la prestación en los términos en que se solicitó existiría una violación del derecho de igualdad que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño por cuanto que la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado va a sufrir una clara merma respecto a aquellos otros que en situación semejante, encuadrados dentro de un modelo familiar biparental, van a recibir. Si partimos de la rechazable discriminación del menor por su propia condición o por el estado civil o situación de su progenitor, cuando introducimos un período de cuidado y atención para el grupo de hijos monoparentales, estamos no solamente mermando la atención que en las familias biparentales se presta, sino que también introducimos un sesgo que quebranta el desarrollo del niño, al quedar atendido menos tiempo y con menor implicación personal de quien ha sido considerado progenitor. 

Noticias relacionadas

Cártel camiones: el comprador de un camión con contrato de leasing puede reclamar por el sobreprecio 13 abr

Cártel camiones: el comprador de un camión con contrato de leasing puede reclamar por el sobreprecio

El Tribunal Supremo ha dictaminado en su sentencia de fecha 14 de marzo de 2024 (recurso 5540/2021) que el adquirente de un camión mediante un contrato de arrendamiento financiero está legitimado para reclamar una indemnización por los daños y perjuicios derivados de haber pagado un precio superior
La AEAT no puede cambiar a su antojo el medio de practicar notificaciones 21 mar

La AEAT no puede cambiar a su antojo el medio de practicar notificaciones

En su sentencia de fecha 9 de febrero de 2024 la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado un acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Central que consideró válida la notificación por medios electrónicos de una liquidación del Impuesto de Sociedades del
El complemento de maternidad de las pensiones no prescribe 9 mar

El complemento de maternidad de las pensiones no prescribe

En su sentencia del Pleno de la Sala de lo Social de fecha 21/02/2024 el Tribunal Supremo ha unificado doctrina en el sentido que no prescribe el derecho al complemento por aportación demográfica sobre las pensiones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.   En su redacción original, el
Normas de control empresarial sobre el uso de medios informáticos 29 feb

Normas de control empresarial sobre el uso de medios informáticos

El Tribunal Supremo en su sentencia de fecha 6 de febrero de 2024, confirmando una sentencia previa de la Audiencia Nacional, ha confirmado la nulidad de la comunicación de una empresa a sus trabajadores relativa al uso de los equipos informáticos propiedad de la empresa y puestos a disposición de