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Despido objetivo por implantación de Inteligencia Artificial en el sector de la traducción

Publicado: 08 de febrero de 2026, 01:27 (Hace 3 horas)
  1. Novedades jurídicas

En su sentencia de fecha 15 de septiembre de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado procedente el despido objetivo de una traductora por la implantación de la inteligencia artificial en el sector de la traducción.

 


 La empresa, que se dedica a la realización de traducciones y servicio de intérpretes, comunicó a la trabajadora su despido por causas objetivas argumentando que había incurrido en pérdidas económicas y en reducción de ingresos por la transformación del sector derivada de la introducción de las nuevas tecnologías, reforzada por la aparición de la inteligencia artificial, había ocasionado una disminución de la demanda de los servicios ofertados, ya que parte de las traducciones que los clientes encargaban han desaparecido porque los clientes realizan estas traducciones por sus propios medios, usando la traducción automática disponible en internet.

 


 La trabajadora impugnó el despido, pero su demanda fue desestimada al quedar acreditadas las pérdidas y que el importe neto de la cifra de negocios de la empresa se viene reduciendo cada ejercicio, motivado en su mayor parte por la situación de su sector cuya competencia se ha visto incrementada los últimos años por los traductores automáticos de internet y la inteligencia artificial.

 


 El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la sentencia que declaró procedente el despido objetivo por causas económicas al resultar probado que la empresa sufrió las pérdidas económicas y la reducción de su volumen de negocio alegadas en la carta de despido, estando el mismo justificado al amparo de lo establecido en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores.

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